1.- VIGENCIA
La Cooperativa cuenta con los certificados de aportación voluntarios siguientes:
- Certificados de aportación voluntarios propiamente dichos
- Certificados de aportación voluntarios Fondo de Retiro
- Certificados de aportación voluntarios a Plazo
- Certificados de aportación voluntarios Pro Crédito
2.- CERTIFICADOS DE APORTACIÓN VOLUNTARIOS PROPIAMENTE DICHOS (CAV)
Los Certificados de Aportación Voluntarios, son aquellos que los asociados constituyen de manera voluntaria en moneda nacional o en dólares americanos, cuyos valores mínimos son aprobados por la Asamblea Ordinaria
Con el propósito de que la Cooperativa cumpla con su objeto que es el realizar operaciones de ahorro y crédito únicamente con sus asociados, emite mensualmente certificados de aportación voluntarios por el valor de Bs. 200 para cada uno de los asociados, los que son descontados por planilla, siendo posible la generación de mayores aportes por decisión voluntaria del asociado, cuya tasa de interés pasiva asciende al 1% anual, al ser posible el retiro de estos recursos cualquier momento a solicitud del asociado, debiendo mantener en la cuenta individual de manera permanente el valor de Bs. 2.500 como monto mínimo.
3.- CERTIFICADOS DE APORTACIÓN VOLUNTARIOS FONDO DE RETIRO (CAVFR)
Los certificados de aportación Voluntarios Fondo de Retiro, son aquellos que los asociados constituyen de manera voluntaria en moneda nacional o en dólares americanos, cuyos valores son aprobados por la Asamblea Ordinaria y que por decisión propia estos recursos no podrán ser dispuestos o retirados hasta antes de su exclusión como asociado por desvinculación como trabajador de Comteco R.L., renuncia voluntaria, expulsión, abandono, muerte y extinción de la personalidad jurídica.
Con el propósito de que la Cooperativa cumpla con su objeto que es el realizar operaciones de ahorro y crédito únicamente con sus asociados, emite mensualmente certificados de aportación voluntarios fondo de retiro por el valor de Bs. 100 para cada uno de los asociados, los que son descontados por planilla, siendo posible la generación de mayores aportes por decisión voluntaria del asociado, sobre el monto mínimo de Bs. 100 mensual o el equivalente a $us. 20 (en dólares americanos)
A objeto de incentivar el ahorro mediante los certificados de aportación voluntarios fondo de retiro, la tasa de interés pasiva anual corresponde al 8%.
4.- CERTIFICADOS DE APORTACIÓN VOLUNTARIOS A PLAZO (CAVP)
Los Certificados de Aportación Voluntarios a Plazo, son aquellos que los asociados constituyen de manera voluntaria en moneda nacional o en dólares americanos, cuyos valores mínimos son aprobados por la Asamblea Ordinaria, siendo estos Bs. 3.500 o el equivalente a $us. 500 (en dólares americanos).
Con el propósito de que la Cooperativa cumpla con su objeto que es el realizar operaciones de ahorro y crédito únicamente con sus asociados, emite certificados de aportación a diferentes plazos y a tasas de interés pasivas mas convenientes que las vigentes en el mercado financiero
Los Certificados de Aportación Voluntario a Plazo en Moneda Nacional ó Moneda Extranjera, devengan un interés anual en función al tiempo pactado en la operación. Según la siguiente escala:
| PLAZO: DÍAS |
PLAZO: MESES -AÑOS |
% M/N-ME |
| 90 |
3 Meses |
2,00 % |
| 180 |
6 Meses |
3,00 % |
| 270 |
9 Meses |
4,00 % |
| 370 |
1 Año |
5,00 % |
| 720 |
2 Años |
5,50 % |
| 1.080 |
3 Años |
6,50 % |
| 1.440 |
4 Años |
7,00 % |
| 1.800 |
5 Años |
7,50 % |
| 2.160 |
6 Años |
8,00 % |
| 2.520 |
7 Años |
8,50 % |
Transcurrido el plazo, a solicitud del asociado, la cooperativa procederá a la devolución o en su caso a la renovación del valor del certificado de aportación.
La cooperativa podrá realizar la devolución anticipada de un certificado de aportación voluntario a plazo, cuando haya transcurrido de la fecha de emisión el tiempo siguiente:
- Un mes calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 90 días o 3 meses
- Dos meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 180 días o 6 meses
- Tres meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 270 días o 9 meses
- Cuatro meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 370 días o 1 año
- Cinco meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 720 días o 2 años
- Seis meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 1.080 días o 3 años
- Doce meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 1.440 días o 4 años
- Dieciocho meses calendario, para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 1.800 días o 5 años
- Veinticuatro meses calendario para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 2.160 días o 6 años
- Cuarenta meses calendario para los Certificados de Aportación generados a un plazo de 2.520 días o 7 años
Cuando la solicitud del certificado de aportación voluntario a plazo sea antes del vencimiento, se procederá a la devolución en el plazo mínimo de aceptación mas un mes calendario a objeto de que la Cooperativa pueda lograr contar con los recursos necesarios. De existir disponibilidad se procederá a la devolución transcurrido el plazo mínimo.
Para que la Cooperativa proceda al pago de los intereses de los Certificados de Aportación a Plazo anticipado, se debe considerar lo siguiente:
- Cuando la solicitud de cancelación del Certificado de Aportación Voluntario a Plazo esta contemplado en el plazo mínimo de aceptación establecido, no corresponde pagar interés alguno, para todos los casos.
- Cuando la solicitud de cancelación del Certificado de Aportación Voluntario a Plazo esta después del plazo mínimo establecido, antes del vencimiento, corresponde el pago del interés en base a la tasa (vigente) del plazo que la Cooperativa mantuvo los recursos, con excepción de los generados a 90 días (3 meses) y 180 días (6 meses), cuyo interés será del 1% y 2% anual respectivamente.
- Si el interés pactado del Certificado es periódico, corresponde en el momento de la cancelación anticipada reducir del capital el exceso del interés pagado.
5.- CERTIFICADOS DE APORTACIÓN VOLUNTARIOS PRO CRÉDITO (CAVPC)
El Certificado de Aportación Voluntario Pro Crédito, surge como consecuencia de la vigencia del crédito ordinario incrementado, a objeto de garantizar la recuperación del mismo, o en su caso lograr cubrir el saldo de la deuda. Constituyéndose en una reserva del asociado para posibles contingencias en el transcurso de la vigencia del crédito.
En el tramite de otorgación del crédito ordinario cualquiera sea el monto, se emite la creación del certificado de aportación voluntario Pro crédito de Bs. 100 (Cien 00/100 Bolivianos), habilitándose esta cuenta individual para el asociado que apertura el crédito ordinario
A partir del desembolso del crédito ordinario solicitado por el asociado, mensualmente hasta la conclusión del pago total de la deuda, se procederá al descuento por planilla de Bs. 100 cada vez.
El asociado podrá solicitar montos mayores de descuento para el Certificado de Aportación Voluntario Pro crédito ordinario. El monto de descuento mensual generado en el transcurso del plazo de la deuda, quedara inmovilizado hasta el momento de la perdida de calidad de asociado, siendo efectivizado o devuelto el total acumulado, a solicitud del asociado cuando el saldo del crédito ordinario solicitado este totalmente cancelado y haya cumplido con todos los requisitos para la perdida de calidad de asociado
El monto total acumulado del Certificado de Aportación Voluntario Pro Crédito, podrá compensar el saldo adeudado del crédito ordinario siempre y cuando alcance a cubrir la deuda pendiente de pago.
Por falta de liquidez para el descuento por planilla de la cuota adeudada, la Cooperativa afectará directamente al saldo del certificado de aportación Pro Crédito, a objeto de evitar mayor mora, en el caso de que el monto del certificado sea lo suficiente para cubrir lo adeudado del mes
En el tramite de otorgación del crédito especial cualquiera sea el monto, se emite la creación del certificado de aportación voluntario Pro crédito de Bs. 50 (Cincuenta00/100 Bolivianos), habilitándose esta cuenta individual para el asociado que apertura el crédito ordinario
A partir del desembolso del crédito especial solicitado por el asociado, mensualmente hasta la conclusión del pago total de la deuda, se procederá al descuento por planilla de Bs. 50 cada vez.
El asociado podrá solicitar montos mayores de descuento para el Certificado de Aportación Voluntario Pro crédito especial. El monto de descuento mensual generado en el transcurso del plazo de la deuda, hasta el momento de culminación del pago del saldo total adeudado del crédito especial, será efectivizado o devuelto el total acumulado, a solicitud del asociado cuando el saldo del crédito especial solicitado este totalmente cancelado.
Cochabamba, septiembre de 2022